1.Introducción.

Los criterios tradicionales de eficiencia asignativa de origen paretiano, que con carácter predominante se han utilizado hasta ahora en la Ciencia Económica, adolecen de un marcado carácter estático y, por tanto, son insuficientes para ser aplicados como criterios normativos a la rica dinámica de las instituciones sociales que se dan en la vida real . Por esta razón es preciso sustituir el criterio tradicional de eficiencia por un criterio alternativo, que vamos a denominar “criterio de eficiencia dinámica” que, por un lado, sea capaz de colmar las grandes lagunas de los criterios tradicionales de origen paretiano y, por otro lado, permita su fácil aplicación al ámbito de las instituciones sociales.

El presente trabajo consta de tres apartados claramente diferenciados. En el primero se efectuará un repaso del proceso de formación del concepto de eficiencia paretiana. Este criterio se desarrolla a imagen y semejanza de la idea de eficiencia energética que surge en el ámbito de la física y la mecánica en el siglo XIX. Esto explica por qué el criterio tradicional de eficiencia paretiana, que se ha convertido en el eje sobre el que pivota toda la economía del bienestar y gran parte del análisis económico del derecho, se encuentra profundamente encorsetado en la estática comparativa y, por tanto, es difícilmente aplicable a la rica dinámica institucional.

En la segunda parte se presenta el concepto alternativo de eficiencia dinámica, que surge como resultado natural de la teoría de los procesos de mercado impulsados por la capacidad, a la vez creativa y coordinadora, de la función empresarial. Aunque hasta ahora el criterio de eficiencia dinámica no ha logrado introducirse con carácter general en nuestra disciplina, son diversos los autores que han cultivado el campo de la eficiencia dinámica. Economistas de la talla de Mises, Hayek y Schumpeter, u otros más próximos a nosotros como Rothbard, Kirzner, North con su concepto de “eficiencia adaptativa”, o el propio Leibestein con su concepto de “eficiencia-x”, se han preocupado de una u otra forma por desarrollar o proponer criterios alternativos en mayor o menor medida coincidentes o próximos a nuestro concepto de la eficiencia dinámica. En esta parte estudiaremos, relacionándolas entre sí, las diversas aportaciones en este campo de dichos autores.

El último y tercer apartado de este artículo, se centrará en analizar uno de los aspectos que consideramos más relevantes y prometedores del mismo, a saber, el estudio de la íntima relación que en nuestra opinión existe entre el criterio propuesto de eficiencia dinámica y el marco de principios éticos que prepondere en cada sociedad. Por un lado, se abre un importante y fructífero campo de investigación para los futuros economistas que consistiría en la aplicación sistemática del criterio de eficiencia dinámica a cada una de las instituciones sociales (jurídicas, morales y económicas) para hacer posible una evaluación específica de las mismas según un criterio distinto al tradicional paretiano. Por otro, el análisis efectuado nos va a permitir identificar qué principios éticos son los que hacen posible la eficiencia dinámica y, por tanto, el desarrollo y el avance coordinado de la sociedad y la civilización. De esta manera habríamos logrado establecer una relación directa entre el ámbito de la Ciencia Económica y el ámbito de la Ética, impulsándose una muy fructífera relación entre ambas disciplinas que se verán así mutuamente reforzadas.

 

Jesús Huerta de Soto
Catedrático de Economía Política
Universidad Rey Juan Carlos de Madrid

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